20Minutos
El Consejo de Ministros aprobó ayer un Proyecto de ley de Seguros de Automóviles que obligará a los conductores de diferentes vehículos a motor a contratar un seguro de responsabilidad civil para poder circular con los mismos por la vía pública. Además, deberán registrarse para poder se correctamente identificados por las autoridades
Estos vehículos, entre los que se encuentran los alrededor de cinco millones de patinetes eléctricos que circulan por España, se verían afectados por la nueva norma, que transpone la Directiva 2021/2118 de la UE. El objetivo de la norma es regular la situación de estos vehículos y cubrir los daños personales y materiales que se puedan producir a terceras personas en caso de accidente de tráfico, al igual que ocurre con otros vehículos como los turismos o las motocicletas.
¿Qué vehículos se verán afectados? ¿Cuáles estarán exentos?
Según se recoge en la nota de prensa del Consejo de Ministros, la ley introducirá el concepto de vehículo personal ligero (con velocidad máxima entre 6 y 25 km/h si su peso es inferior a 25 kg o una velocidad máxima entre 6 y 14 km/h si su peso es superior a 25 kg), y dispondrá la obligatoriedad de un seguro de responsabilidad civil para los mismos.
Según informa el Gobierno, la idea es "compatibilizar el impulso al transporte urbano sostenible con la protección a las víctimas de accidentes causados por estos nuevos vehículos". Además, se ampliará la definición de vehículos a motor, lo que conllevará la extensión del seguro obligatorio a los mismos.
Los vehículos afectados por la nueva ley serían, por lo tanto:
- Vehículos agrícolas o industriales.
- Patinetes eléctricos.
- Otros vehículos de movilidad personal como los 'segway', los 'hoverboard' o los monociclos eléctricos.
Las bicicletas eléctricas, por otra parte, quedarán exentas de esta nueva obligación. Según explican fuentes de Economía, en este caso el motor eléctrico es solo una asistencia al pedaleo y no la fuente principal de movimiento, por lo que no se valora su inclusión en la medida.
El Gobierno se compromete, además, a poner en marcha un registro público de vehículos personales ligeros antes del 2 de enero de 2026.
¿Qué seguros y pólizas deberán contratarse?
Las características y alcance de la póliza que será obligatorio suscribir todavía no están claras. En ese sentido, el Gobierno aclara que una comisión será quien valore, en el plazo de 6 meses desde la aprobación de la ley, y especifique un reglamento que establezca los mínimos de ese seguro obligatorio.
No obstante, fuentes consultadas por 20minutos sostienen que las primas que habrá que abonar por asegurar los patinetes serán inferiores a las de un vehículo a motor al uso. "El riesgo es menor y los daños que se pueden producir, también. La siniestralidad va a ser inferior", señalan.
El importe de las coberturas, según la nota publicada por Moncloa, "se actualizarán conforme al Índice de Precios al Consumo" y se ampliarán en función de determinados casos y supuestos indemnizatorios.
¿Se deberán inscribir los patinetes en Tráfico?
Una de las medidas que contempla la ley es, precisamente, que los patinetes y vehículos de movilidad, al igual que el resto de vehículos, se inscriban en un registro en la Junta Provincial de Tráfico que corresponda, donde se les asignará una especie de matrícula o distintivo que permita asegurarlos e identificarlos en caso de que se produzca un accidente en el que sean responsables, según trasladan fuentes de Economía.
¿A partir de qué fecha entrará en vigor la nueva ley de seguros para patinetes eléctricos?
El proyecto de ley, no obstante, tiene un largo recorrido por delante para entrar en vigor, ya que la norma deberá tramitarse todavía en las Cortes, por lo que no tendrá efecto hasta su paso y aprobación (con las respectivas modificaciones y enmiendas si las hubiera) en el Congreso de los Diputados y en el Senado.
La entrada en vigor de la ley se demorará, por lo tanto, y previsiblemente, hasta 2026.
¿Cuáles serán las sanciones?
La norma pretende garantizar y ampliar la cobertura de los seguros a los afectados por accidentes con estos vehículos, por lo que no se contemplan nuevas sanciones en el texto de la norma. Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) ya están regulados por la DGT, que contempla sanciones de entre 200 y 1.000 euros según la gravedad de la infracción.
La nueva norma incluirá "mejoras sustanciales" a las indemnizaciones de víctimas por accidentes de estos vehículos, algo que cuenta con el consenso de la Comisión de Seguimiento del Sistema de Valoración (formada por Administración Pública, asociaciones de víctimas, aseguradoras y expertos en seguros y responsabilidad civil).
Además, la directiva europea que se transcribe en esta ley dispone que un fondo de garantía que cubra las indemnizaciones a las víctimas en caso de insolvencia de la entidad aseguradora.
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