jueves, 27 de julio de 2023

Cómo pedir las ayudas para fomentar la natalidad de la Comunidad de Madrid: requisitos y cuantía

ABC 

El Gobierno regional ha decidido ampliar el crédito para fomentar el nacimiento de niños

La Comunidad de Madrid continúa con su plan de fomento de la natalidad ampliando su plan de ayudas. Según informó este martes el Gobierno regional, el crédito se amplía para destinar otros 5,4 millones.

Según el consejero de Presidencia, Miguel Ángel García, estas políticas ya han comenzado a hacer efecto ya que el pasado 2022 se produjo en la Comunidad de Madrid un incremento de la natalidad del 1,7% con 52.292 nacimientos.

¿Cómo pedir la ayuda de fomento a la natalidad?

Sin embargo, no todas las mujeres pueden pedir estas ayudas y se deben cumplir ciertos requisitos, de los que la Comunidad de Madrid informa en su página web.

Pueden pedir la ayuda las menores de 30 años que a fecha de la presentación de la solicitud se encuentren en una determinada situación desde el 1 de enero de 2022.

¿Quiénes pueden pedir la ayuda a la natalidad de Madrid?

  • Gestantes desde la semana 21 de gestación

  • Personas que hayan adoptado un menor

  • Madres que hayan tenido un hijo o más hijos en caso de parto múltiple

Cuantías y situaciones

En cuanto a las cuantías, habrá que diferenciar entre tres supuestos gestación, nacimiento o adopción. En todo caso, la ayuda será siempre de 500 euros, pero su duración y aplicación dependerá del estado en que se encuentre.

En el caso de que la solicitante sea una madre gestante el importe de la subvención será de 500 euros mensuales por hijo, desde el mes de la fecha de presentación de la solicitud, hasta el último día del mes en el que se cumplan 24 meses desde la fecha de parto.

Si la mujer ya ha tenido el bebé el importe de la subvención será de 500 euros mensuales por hijo, desde el mes de la fecha de presentación de la solicitud, hasta el último día del mes en el que el menor cumpla los 24 meses.

En el caso de las adopciones, el importe de la subvención será de 500 euros mensuales por hijo, desde el mes de la fecha de presentación de la solicitud, hasta el último día del mes en el que se cumplan 24 meses desde la fecha de inscripción de la adopción en el Registro Civil, independientemente de la edad del menor adoptado.

Asimismo, desde la Comunidad de Madrid informan de que en caso de gestación, adopción o parto múltiple se podrán percibir 500 euros adicionales por cada hijo o feto.

Otros requisitos de obligado cumplimiento

  1. 1

    Ser español o extranjero con residencia legal en España

  2. 2

    Tener 30 años o menos

  3. 3

    Residir y estar empadronado en algún municipio de la Comunidad de Madrid desde el momento de la solicitud y al menos durante 5 años

  4. 4

    No superar los 30.000 euros anuales de renta en tributación individual o los 36.200 euros de tributación conjunta

  5. 5

    No estar incurso en alguna de las prohibiciones de recibir ayudas

Documentos que se deben presentar

Para acceder a esta ayuda se debe presentar el certificado de empadronamiento, DNI, declaración de IRPF, declaración responsable, certificado médico de gestación o certificados de nacimiento.

La gestión de solicitud se puede realizar en cualquier Oficina de Registro, a través de los ayuntamientos adheridos a Ventanilla Única y en trámite telemático.

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