miércoles, 30 de septiembre de 2026

Canal Noticias : Cómo pedir el cheque familiar de 100 euros al mes para madres trabajadoras, autónomas y en paro

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Llegar a fin de mes durante los tres primeros años de vida de un hijo es una carrera de obstáculos financieros. Para amortiguar la factura de pañales, guarderías y ropa, la Agencia Tributaria cuenta con la deducción por maternidad de hasta 1.200 euros anuales por cada menor de 3 años a cargo. Aunque esta ayuda fiscal se puede aplicar directamente al hacer la Declaración de la Renta, la inmensa mayoría de las familias prefiere no esperar y solicita el abono anticipado de 100 euros al mes.

¿Quién tiene derecho a cobrar los 100 euros al mes?

La normativa actual de la Agencia Tributaria amplió la cobertura de esta deducción para evitar que las madres en situaciones laborales más inestables quedaran desprotegidas. Tienen derecho a percibir el abono anticipado trabajadoras por cuenta ajena del Régimen General, tanto a jornada completa como a tiempo parcial, desde el mismo momento en que estén dadas de alta en la Seguridad Social; trabajadoras autónomas dadas de alta en el RETA o en la mutualidad alternativa correspondiente; madres en desempleo, perceptoras de la prestación contributiva por desempleo o de un subsidio; y madres con cotización mínima, es decir, aquellas que hayan cotizado al menos 30 días a partir del nacimiento del bebé.

También se contemplan algunos casos especiales. Por ejemplo, en caso de fallecimiento de la madre, o si la custodia del menor se atribuye de forma exclusiva al padre o a un tutor legal, serán estos quienes tengan derecho a solicitar el abono de los 100 euros mensuales.

Cómo rellenar el Modelo 140 de la Agencia Tributaria

La solicitud del pago anticipado se canaliza a través del Modelo 140 de Hacienda. Se puede tramitar de forma telemática en la Sede Electrónica de la AEAT o de forma presencial. Para ello, hay que acceder a la Sede Electrónica de la AEAT desde la web de la Agencia Tributaria y entrar en la sección Todas las gestiones > Impuestos y tasas > IRPF > Modelo 140. El sistema permite identificarse con Certificado Digital, DNI electrónico, Cl@ve PIN o la casilla de la Renta anterior.

A continuación, habrá que introducir los datos de la solicitante y del menor. En ambos hay que meter el NIF/NIE, el nombre completo y la fecha de nacimiento. Si el niño es adoptado habrá que incluir la fecha de la resolución judicial o de inscripción en el Registro Civil.

Luego toca especificar la situación laboral de la solicitante. Eso supone seleccionar el régimen de la Seguridad Social y marcar la casilla correspondiente en caso de que se esté cobrando el paro o un subsidio. El sistema de Hacienda cruzará los datos automáticamente para verificar que la solicitante cumple el mínimo de cotización exigido. Para proseguir habrá que introducir el número de cuenta bancaria donde la solicitante quiere que la Agencia Tributaria ingrese los 100 euros a mes vencido, que habitualmente se cobran entre el día 18 y el 20 de cada mes. Es imprescindible que la madre sea la titular o cotitular de esa cuenta.

¿Qué pasa si cambia tu situación laboral?

El Modelo 140 no solo sirve para pedir el ingreso de la ayuda; también es la vía oficial para comunicar cualquier variación en los datos a la Agencia Tributaria. Si la persona se queda en el paro sin derecho a subsidio, si reduce el número de días cotizados o si cambia su cuenta bancaria, debe presentar una variación en el Modelo 140 en el plazo de 15 días desde que se produce el cambio. De no hacerlo, Hacienda podrá seguir ingresando los 100 euros por error y reclamarlos posteriormente en la Declaración de la Renta con recargo.


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